Baremo del Poder Judicial: cuánto indemniza la justicia chilena por daño moral
El Baremo del PJUD recopila los montos de daño moral concedidos en miles de sentencias chilenas. Te mostramos los rangos por tipo de caso, en UF y pesos, y cómo usarlo.
En Chile, la justicia indemniza el daño moral por la muerte de un familiar en rangos que van, según el vínculo, desde ~800 UF (cónyuge o padre/madre) hasta más de 2.700 UF (hijos menores) — es decir, entre $32 millones y $107 millones aproximadamente por cada demandante. Para lesiones, el rango va de ~50 UF (leves) a ~5.500 UF (incapacidad permanente). Estas cifras no son inventadas: provienen del Baremo Jurisprudencial del Poder Judicial, la base oficial que reúne lo que los tribunales han concedido en miles de sentencias reales.
Qué es el Baremo del Poder Judicial
El Baremo Jurisprudencial Estadístico de daño moral es una herramienta pública que el Poder Judicial de Chile mantiene desde 2013. Recopila los montos de daño moral fijados en sentencias civiles, penales y laborales, y permite consultarlos de forma estadística.
No es vinculante —ningún juez está obligado a seguirlo—, pero ejerce una fuerte "fuerza gravitacional": permite a cada tribunal contrastar su criterio con lo que han resuelto sus pares en todo el país. En la práctica, es la referencia más sólida que existe para anticipar cuánto puede valer el daño moral de un caso.
Cubre casos de muerte o lesiones derivados de:
- Delitos y cuasidelitos (accidentes de tránsito, homicidios, lesiones).
- Responsabilidad extracontractual del Estado (falta de servicio).
- Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley 16.744).
- Responsabilidad médica (mala praxis).
Cuánto se indemniza por muerte
Cuando alguien fallece por culpa de un tercero, cada familiar puede demandar su propio daño moral. El Baremo segmenta los montos según la relación con la víctima. Estos son los rangos más frecuentes (la conversión a pesos usa la UF a mayo 2026, ~$39.500):
| Demandante | Rango Baremo PJUD | Aprox. en CLP |
|---|---|---|
| Hijo/a (sobre todo menores) | 1.000 – 2.700+ UF | ~$40M – $107M |
| Cónyuge o conviviente | 800 – 2.000 UF | ~$32M – $79M |
| Padre / madre | 800 – 2.000 UF | ~$32M – $79M |
| Hermano/a, abuelo/a | montos menores | según vínculo acreditado |
Los hijos menores de edad reciben los montos más altos: los tribunales presumen una dependencia afectiva, psicológica y económica profunda respecto de sus padres. Por eso una proporción relevante de los casos de hijos supera las 2.700 UF.
Cuánto se indemniza por lesiones
Para lesiones, el monto depende de la gravedad y del porcentaje de incapacidad que queda. Rangos referenciales:
| Gravedad | Rango en UF | Aprox. en CLP |
|---|---|---|
| Leves, sin secuelas | 50 – 300 UF | ~$2M – $12M |
| Moderadas, licencia prolongada | 200 – 700 UF | ~$8M – $28M |
| Graves, con cirugía o secuelas | 700 – 2.200 UF | ~$28M – $87M |
| Incapacidad permanente | 2.000 – 5.500 UF | ~$79M – $217M |
A mayor porcentaje de incapacidad y menor edad de la víctima, mayor es el monto, porque se afectan más años de vida.
Qué variables considera el Baremo
Al consultar el Baremo puedes filtrar por:
- Relación con el fallecido o lesionado: cónyuge, conviviente, hijo/a, padre/madre, hermano/a, abuelo/a.
- Sexo del demandante.
- Edad del demandante.
- Convivencia: si vivía o no junto a la víctima al momento del hecho.
- Materia: causas civiles, penales o ambas.
La convivencia y la dependencia económica respecto de la víctima son dos de los factores que más elevan el monto concedido.
Cómo usar el Baremo tú mismo
Es gratuito y público. Entra a baremo.pjud.cl, elige la materia, selecciona la relación con la víctima y los demás filtros, y el sistema te muestra la distribución estadística de montos concedidos en casos similares. Es la misma data que consultan jueces y abogados.
Lo que el Baremo NO te dice
Para usarlo con criterio, ten presente sus límites:
- No reemplaza el daño patrimonial: el daño emergente (gastos médicos, funerarios) y el lucro cesante (ingresos perdidos) se calculan aparte y pueden superar largamente al daño moral.
- No considera la prueba de tu caso concreto: el monto final depende de informes psicológicos, testigos y antecedentes que tú aportes.
- No es garantía: es estadística histórica; un tribunal puede apartarse.
- No cubre todas las materias: se enfoca en muerte y lesiones, no en daño moral por incumplimientos contractuales o vulneración de derechos del consumidor, por ejemplo.
Preguntas frecuentes
¿El juez está obligado a seguir el Baremo? No. Es referencial. Pero como refleja lo que han resuelto miles de sentencias, influye fuertemente en la decisión y sirve para anticipar un rango realista.
¿Por qué los montos están en UF y no en pesos? Porque la UF se ajusta con la inflación, así las cifras siguen siendo válidas con el paso de los años. Para saber el monto en pesos, multiplica por el valor de la UF del día.
¿Cada familiar demanda por separado? Sí. Cónyuge, hijos, padres y hermanos tienen cada uno un derecho propio a demandar daño moral. Revisa nuestra guía sobre indemnización por muerte de un familiar.
¿Lo que pido en la demanda es lo que me dan? No. Los abogados suelen pedir más de lo que esperan obtener, sabiendo que el tribunal ajusta a la baja. El Baremo refleja lo que efectivamente se concede, por eso es la mejor referencia. Aprende más sobre la escala de daño moral que usan los jueces.
¿Sirve para accidentes del trabajo? Sí. El Baremo incluye una sección específica de daño moral por lesiones y muerte derivadas de accidentes laborales y enfermedades profesionales.
¿Sufriste un daño o perdiste a un familiar por culpa de un tercero? Calcula una estimación en 3 minutos: combinamos los rangos del Baremo del Poder Judicial con los datos de tu caso para darte un rango realista.