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Laboral·17 may 2026

Acoso laboral en Chile: cómo denunciar y cuánto reclamar

La Ley Karin (21.643) obligó a todas las empresas a tener protocolos contra el acoso. Si lo viviste, hay pasos concretos para que se reconozca y te indemnicen.

El acoso laboral o mobbing es el hostigamiento sistemático contra un trabajador, que puede provenir de jefaturas, pares o subordinados, y que afecta su salud mental, su dignidad o su capacidad de trabajar.

En Chile, la Ley 21.643 (Ley Karin), vigente desde agosto de 2024, estableció reglas claras para prevenirlo, denunciarlo y sancionarlo.

Qué se considera acoso laboral

La ley lo define como conductas reiteradas que afectan la salud, dignidad o desempeño del trabajador. Ejemplos típicos:

  • Aislamiento social (excluir de reuniones, dejar sin tareas).
  • Sobrecarga deliberada o subutilización (asignar tareas imposibles o tareas degradantes).
  • Humillaciones públicas en reuniones, por mail o por chat.
  • Críticas constantes y desproporcionadas al desempeño.
  • Insultos, amenazas, gritos.
  • Aislamiento físico (cambio de oficina sin razón, retirar herramientas).
  • Bromas pesadas o burlas reiteradas sobre características personales.
  • Negar permisos, vacaciones o feriados sin justificación.

Clave: tiene que ser sistemático y reiterado, no un episodio aislado.

El acoso sexual

Se distingue del acoso laboral general. Incluye:

  • Insinuaciones, comentarios o miradas de naturaleza sexual no deseadas.
  • Tocaciones inapropiadas.
  • Propuestas con condicionamiento laboral (promociones, despido).
  • Ambiente de trabajo sexualmente hostil.

Un solo episodio grave puede ser suficiente para configurar acoso sexual.

Los pasos para denunciar

1. Denuncia interna en la empresa

La Ley Karin obliga a toda empresa a tener un protocolo de prevención del acoso y una vía formal de denuncia. Pide a Recursos Humanos o al comité paritario el protocolo y úsalo.

La empresa debe:

  • Investigar dentro de 30 días corridos.
  • Adoptar medidas de resguardo mientras dura la investigación (separación física, suspensión del denunciado, etc.).
  • Emitir un informe con conclusiones y sanciones si las hubiera.

2. Denuncia a la Dirección del Trabajo (DT)

Si:

  • La empresa no tiene protocolo.
  • El protocolo no se cumplió.
  • El denunciante prefiere una vía externa desde el inicio.

La DT puede investigar directamente, multar a la empresa y emitir informe de fiscalización que sirve como prueba en juicio posterior.

3. Mutual de Seguridad

Si el acoso te causó enfermedad profesional (depresión, trastorno de ansiedad, estrés postraumático), denuncia a tu mutualidad para que cubra tratamiento bajo Ley 16.744. Esto es independiente de la indemnización.

4. Juicio laboral

Acciones disponibles:

  • Tutela de derechos fundamentales (procedimiento especial, arts. 485 y ss. CdT): rápido y específico.
  • Autodespido (art. 171) invocando incumplimiento grave del empleador por no proteger.
  • Daño moral como parte de la demanda.

Cuánto puedes ganar

ConceptoRango típico
Daño moral por acoso laboral grave$10M – $50M
Daño moral por acoso sexual$15M – $80M
Indemnizaciones de autodespido (años de servicio + recargo 100%)varía por sueldo y antigüedad
Multa a la empresa (DT)10 a 50 UTM (~$700K a $3.5M)

Los casos más altos:

  • Empresas con historial documentado de acoso (varias denuncias).
  • Incumplimiento manifiesto del protocolo.
  • Secuelas psicológicas severas acreditadas.
  • Acoso sexual con consecuencias laborales (despido o no promoción por rechazo).

Cómo se prueba

La carga es complicada pero no imposible:

  1. Documentación escrita: mails, chats de WhatsApp, Teams, Slack.
  2. Testigos: compañeros que presenciaron episodios.
  3. Informes psicológicos: tratamiento por depresión/ansiedad relacionado.
  4. Licencias médicas previas por estrés laboral.
  5. Denuncias previas (DT, mutualidad, RRHH).

Errores comunes

  • No denunciar a tiempo: si no usaste el protocolo interno, en juicio pueden alegar que "nunca te quejaste formalmente".
  • Renunciar voluntariamente sin invocar autodespido: pierdes indemnizaciones.
  • No conservar evidencia digital: cambia de teléfono y pierdes pantallazos clave.
  • Firmar finiquito apurado para "salir luego": después es casi imposible reclamar.

Resguardo durante el proceso

Mientras dura la investigación interna o judicial, la empresa NO puede despedirte sin justa causa (protección legal especial). Si lo hacen, el despido es nulo y se duplican algunos recargos.

Si vives o viviste acoso en tu trabajo, estima cuánto podrías reclamar — necesitamos pocos datos y te entregamos un rango realista.