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Civil / Cobro·19 may 2026

Restitución de inmueble: cuando el arrendatario no se va

Si el arrendatario no paga y no se quiere ir, hay un procedimiento específico. Te explicamos cómo recuperar tu propiedad.

Tener un inmueble arrendado a alguien que no paga es uno de los problemas civiles más comunes en Chile. La ley te da herramientas concretas para recuperar la propiedad y cobrar lo adeudado, pero hay que seguir el procedimiento correcto — el lanzamiento por la fuerza está prohibido.

La causal: art. 1977 CC y Ley 18.101

El art. 1977 del Código Civil y la Ley 18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos establecen las causales para terminar el arriendo:

  1. No pago de la renta (la más común).
  2. Vencimiento del plazo sin renovación.
  3. Destinación distinta a la pactada (subarriendo no autorizado, uso comercial cuando era habitacional, etc.).
  4. Daños graves al inmueble.
  5. Necesidad propia del arrendador (con plazo y notificación previa).

Procedimiento sumario especial

La Ley 18.101 establece un procedimiento simplificado específico para arriendos:

1. Constitución en mora

Necesitas mostrar que el arrendatario fue constituido en mora. Hay dos formas:

  • Cláusula del contrato: si el contrato dice que "el solo no pago constituye en mora", basta el vencimiento.
  • Carta certificada o notarial intimando al pago.

2. Demanda en el Juzgado Civil

Se presenta donde está ubicado el inmueble. Pides:

  • Restitución del inmueble (que se vaya).
  • Rentas adeudadas + intereses + reajuste.
  • Servicios básicos impagos que tú tuviste que pagar (luz, agua, gas).
  • Daños si hay deterioro mayor.
  • Costas.

3. Audiencia y prueba

Hay una sola audiencia que combina conciliación, contestación y prueba. Esto es lo más rápido del procedimiento.

4. Sentencia

Si ganas, el juez ordena:

  • Restituir el inmueble dentro de un plazo (generalmente 10-15 días).
  • Pagar todo lo adeudado.

5. Lanzamiento (si no se va voluntariamente)

Si pasa el plazo y el arrendatario no se va, se ordena el lanzamiento con auxilio de la fuerza pública. Carabineros concurre con el receptor y saca al arrendatario y sus bienes.

Importante: hay protección para grupos vulnerables (adultos mayores, familias con niños) que pueden gatillar plazos adicionales.

Cuánto recuperas en la práctica

Depende mucho de:

  1. Si el arrendatario tiene bienes para responder por las rentas adeudadas.
  2. Si tenías garantía/aval o fianza solidaria.
  3. Cuánto tiempo dura el juicio.
ConceptoRecuperación típica
Rentas adeudadas50-80% (depende solvencia)
Restitución del inmueble90%+ (es lo más exitoso)
Daños al inmueble30-60%
Servicios impagos60-80%

Plazos de duración del juicio

  • Procedimiento sumario: 4-8 meses hasta sentencia firme.
  • Si hay apelación: 8-14 meses.
  • Lanzamiento efectivo: 1-3 meses extra.

En total, recuperar el inmueble puede tomar 6 meses a 1 año desde que empezó el problema.

Cómo prevenir / acelerar

En el contrato:

  • Cláusula de cesación inmediata por no pago.
  • Aval o fiador solidario con bienes propios.
  • Mes de garantía en efectivo.
  • Inventario detallado del estado del inmueble al entrar.

Durante el problema:

  • Mantén comunicación escrita (mails, WhatsApp guardados).
  • Cobra inmediatamente al primer mes de atraso. Cada mes que pasa complica el caso.
  • No aceptes pagos parciales sin un acuerdo escrito.
  • No cortes servicios básicos ni cambies cerraduras — eso es delito (uso de vías de hecho).

Subarriendo sin autorización

Si descubres que tu arrendatario subarrendó sin autorización, es causal de terminación inmediata. Documenta con:

  • Fotos.
  • Testigos vecinos.
  • Conversaciones con los subarrendatarios.

Costos asociados

  • Honorarios de abogado: $300K – $1.5M (a veces a éxito).
  • Receptor judicial: ~$100K para notificaciones y diligencias.
  • Cerrajería + bodegaje post-lanzamiento (si el arrendatario deja cosas): $200K – $500K.

Errores comunes

  • Esperar demasiado "a ver si paga": cada mes perdido es plata que difícilmente recuperas.
  • Acordar verbalmente un nuevo plazo: si no está por escrito, el juez no lo considera.
  • Intentar autotutela (cortar luz, cambiar cerraduras): te pueden contrademandar.
  • No tener inventario inicial: al final no puedes probar daños.

¿Tu arrendatario no paga o no se quiere ir? Estima cuánto podrías recuperar y en cuánto tiempo — toma 3 minutos.