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Laboral·28 may 2026

Indemnización por años de servicio en Chile: tope legal, cálculo y ejemplos reales (2026)

Todo sobre la indemnización por años de servicio (IAS) en Chile: cómo se calcula, tope de 11 años, tope de 90 UF, cuándo aplica y cuándo no. Con ejemplos reales paso a paso.

María trabajó 12 años como administrativa en una clínica privada, ganando $1.500.000 brutos al final. La despidieron por necesidades de la empresa. En el finiquito le ofrecen $16.500.000. Ella esperaba más: había hecho la cuenta de "$1,5M por 12 años = $18M".

María tiene razón parcial: la fórmula es esa. Pero hay un tope de 11 años (no 12), por eso le pagaron 11 × $1.500.000 = $16.500.000. La ley le quitó $1.500.000 que en una cuenta intuitiva habría correspondido.

Esta guía te explica todo lo que debes saber sobre la indemnización por años de servicio (IAS): la fórmula, los dos topes (años y sueldo), los casos donde aplica y donde no, y cómo se combina con otras indemnizaciones para llegar al monto total.

Qué es la indemnización por años de servicio

La IAS está regulada en el art. 163 del Código del Trabajo. Es la compensación que la ley obliga al empleador a pagar cuando termina el contrato por causa que no es atribuible al trabajador, principalmente:

  • Despido por necesidades de la empresa (art. 161 inc. 1).
  • Desahucio del empleador (art. 161 inc. 2, en casos puntuales).
  • Autodespido del trabajador por culpa del empleador (art. 171).
  • Despido por art. 159 o 160 declarado injustificado por el juez.

No aplica si renunciaste voluntariamente o si el despido por falta grave (art. 160) se declara fundado.

La fórmula básica

IAS = min(sueldo_mensual_bruto, 90 UF) × min(años_trabajados, 11)

Tres ingredientes:

  1. Sueldo mensual bruto del trabajador a la fecha del despido.
  2. Años trabajados con el mismo empleador, contando fracciones de más de 6 meses como un año completo.
  3. Dos topes: 90 UF para el sueldo y 11 años para la antigüedad.

Tope 1: el tope de 11 años

Aunque hayas trabajado 12, 15 o 30 años en la misma empresa, solo se te pagan 11 meses de sueldo como máximo por concepto de IAS.

Ejemplo: trabajaste 18 años con sueldo $1.000.000.

Años a considerar = 11 (no 18)
IAS = $1.000.000 × 11 = $11.000.000

Los 7 años "extras" no se reconocen en la IAS. Esto se compensa parcialmente con la antigüedad acumulada en otros conceptos (más días de feriado, por ejemplo), pero el costo es real.

Excepción importante: contratos antiguos sin tope

Hay una regla histórica: los trabajadores contratados antes del 14 de agosto de 1981 no tienen tope de 11 años. Es una norma transitoria del Código del Trabajo que casi no se aplica ya (queda muy poca gente trabajando con contratos previos a esa fecha sin interrupción), pero vale la pena mencionarla.

Tope 2: el tope de 90 UF en el sueldo

El art. 172 del CdT establece que el sueldo base de cálculo no puede superar 90 UF mensuales (aproximadamente $3.500.000 con la UF actual). Si ganas más, la diferencia no entra en el cálculo.

Ejemplo: sueldo $5.000.000, 10 años trabajados, UF a $40.000.

Tope 90 UF = $3.600.000
Sueldo a usar = $3.600.000 (no los $5M reales)
IAS = $3.600.000 × 10 = $36.000.000

Sin el tope habrían sido $50.000.000. Perdió $14M por el límite.

Para entender quiénes son los más afectados por este tope (gerentes, banca, tecnología, minería) lee Tope de 90 UF en la indemnización laboral.

Qué se considera "sueldo" para el cálculo

La ley dice "última remuneración mensual" y el art. 172 la define como integrada por:

  • Sueldo base del contrato.
  • Gratificación legal mensualizada (si la pagan mensual o si la anualizan, se prorratea).
  • Bonos permanentes del contrato (de zona, antigüedad, riesgo, etc.).
  • Comisiones promedio de los últimos 3 meses.
  • Regalías y prestaciones en dinero que sean habituales.

NO se integra:

  • Asignación de movilización y colación (porque compensan gastos).
  • Aguinaldos esporádicos o bonos únicos.
  • Horas extras (no son habituales por definición).
  • Asignación familiar.

Si ganabas $1.000.000 de base + $200.000 de comisiones promedio + $100.000 de bono permanente, tu sueldo para IAS es $1.300.000, no $1.000.000. Esto es una de las peleas más comunes en juicio.

La regla de la fracción superior a 6 meses

Si tu antigüedad es de años + meses, los meses mayores a 6 cuentan como un año adicional. Los menores o iguales a 6 no.

Antigüedad realAños para IAS
2 años, 5 meses2
2 años, 6 meses2
2 años, 7 meses3
5 años, 11 meses6
10 años, 6 meses10
10 años, 6 meses + 1 día11

Truco práctico: si te quedan pocos días para cumplir un año adicional, y la empresa te está empujando a renunciar antes, aguanta esos días. Pueden valer un sueldo completo.

Casos típicos y cuánto da la IAS

Caso 1: empleada bajo el tope, antigüedad media

María, 12 años, sueldo $1.500.000, despido art. 161 declarado injustificado.

Años para IAS = 11 (tope)
Sueldo para IAS = $1.500.000 (bajo el tope de 90 UF)
IAS = $1.500.000 × 11 = $16.500.000
Recargo art. 168 (30%) = $4.950.000
Sustitutiva aviso = $1.500.000
Total estimado de partidas relacionadas a IAS ≈ $23.000.000

Caso 2: trabajador joven con poca antigüedad

Diego, 2 años y 8 meses, sueldo $900.000, despido por art. 160 (falta grave) que la empresa no logra probar.

Años para IAS = 3 (fracción de 8 meses > 6)
Sueldo para IAS = $900.000
IAS = $900.000 × 3 = $2.700.000
Recargo art. 168 (80%) = $2.160.000
Sustitutiva aviso = $0 (art. 160 no genera aviso)
Total relacionado a IAS ≈ $4.860.000

El recargo del 80% por la falta grave no probada es lo que hace que en estos casos valga la pena pelear.

Caso 3: gerente con sueldo alto y antigüedad larga

Andrés, 14 años, sueldo $7.000.000, despido por necesidades de la empresa, UF a $40.000.

Años para IAS = 11 (tope)
Sueldo para IAS = $3.600.000 (tope 90 UF, no los $7M reales)
IAS = $3.600.000 × 11 = $39.600.000
Recargo 30% = $11.880.000
Sustitutiva aviso = $3.600.000
Total ≈ $55.000.000

Sin los topes (años y sueldo), la cifra habría sido $98M+. Aquí pierde casi la mitad por los límites legales, pero igual la cifra absoluta es grande.

Caso 4: trabajador con menos de un año

Camila, 8 meses, sueldo $700.000, despido art. 161.

Años para IAS = 0 (fracción ≤ 6 meses cuenta como 0; aquí es 8 meses pero
el primer año no se completa, así que NO genera IAS según interpretación
estricta del art. 163; algunos tribunales la conceden si la fracción supera
6 meses incluso en el primer año, pero la regla más segura es: requiere al
menos 1 año cumplido)
IAS = $0
Sustitutiva aviso = $700.000

Esto es controvertido. Hay jurisprudencia que sí da IAS con 7-11 meses cuando supera 6 meses, basándose en una lectura literal del art. 163. Si estás en este caso, vale la pena consultar a un abogado: hay margen.

Tabla comparativa: el efecto de los topes

SueldoAntigüedadSin topes (teórico)Con topes (real)Pérdida
$700.0005 años$3.500.000$3.500.000$0
$1.500.00012 años$18.000.000$16.500.000$1.500.000
$2.500.0008 años$20.000.000$20.000.000$0
$3.500.00011 años$38.500.000$38.500.000$0
$4.500.00011 años$49.500.000$39.600.000$9.900.000
$6.000.00015 años$90.000.000$39.600.000$50.400.000
$8.000.00020 años$160.000.000$39.600.000$120.400.000

(Cálculos referenciales con UF $40.000.)

Como se ve, los topes pegan duro en dos lados: trabajadores con muchos años (sobre 11) y trabajadores con sueldos altos (sobre 90 UF). El "sweet spot" donde no perdés nada es: bajo 90 UF y bajo 11 años.

La IAS como punto de partida del cálculo total

La IAS es la base del finiquito por despido injustificado. Sobre ella se construye el resto:

Total ≈ IAS + Recargo art. 168 + Aviso previo + Feriado + Mes en curso

Para el caso de María (12 años, $1.5M):

PartidaMonto
IAS (11 años × $1.5M)$16.500.000
Recargo 30% art. 168$4.950.000
Sustitutiva del aviso previo$1.500.000
Feriado proporcional + pendiente~$700.000
Mes en curso~$500.000
Total estimado del finiquito$24.150.000

La IAS (con su recargo) representa el 89% del finiquito total. Por eso es tan importante calcularla bien.

Si quieres el desglose de las otras partidas, lee ¿Cuánto me corresponde de finiquito por despido injustificado? y Cómo calcular tu finiquito paso a paso.

Cuándo NO se paga IAS (importante saberlo)

  1. Renuncia voluntaria. Si tú firmas la carta de renuncia, no hay IAS. Solo feriado y remuneraciones pendientes. Comparativa completa en Renuncia vs despido.
  2. Despido por art. 160 (falta grave) declarado fundado. Si el juez acoge la causal del empleador, no hay IAS.
  3. Mutuo acuerdo de las partes (art. 159 N°1). Sin IAS por defecto, pero pueden pactar un monto voluntario.
  4. Vencimiento del plazo del contrato a plazo fijo (art. 159 N°4), si se respetó la fecha pactada y el contrato era genuinamente a plazo.
  5. Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (art. 159 N°5). Contratos por obra o faena: no generan IAS al terminar la obra.
  6. Muerte del trabajador. Pasa al núcleo familiar pero por otra vía (Ley 16.744 si fue accidente del trabajo, herencia ordinaria si no).

Errores comunes en el cálculo

  1. Usar el sueldo líquido en vez del bruto. El cálculo se hace siempre con el bruto, antes de descuentos previsionales y de impuestos.
  2. No integrar bonos permanentes o comisiones. Una de las disputas más comunes en juicio: la empresa calcula la IAS solo con el sueldo base, sin sumar el bono mensual o las comisiones permanentes.
  3. No aplicar la regla de fracción mayor a 6 meses. Es muy común que en el finiquito te pongan "5 años" cuando llevabas "5 años y 7 meses" (que debe contar como 6).
  4. Asumir que el recargo se suma al bruto y no a la IAS. El recargo del art. 168 se calcula sobre la IAS ya topeada, no sobre el sueldo.
  5. No exigir el cálculo escrito. Pide siempre el detalle por escrito antes de firmar nada.

Plazo para reclamar

  • 60 días hábiles desde el despido para presentar la demanda de declaración de despido injustificado (art. 168 CdT).
  • 6 meses para acciones laborales generales (cobro de remuneraciones, bonos, comisiones impagas).
  • Si dejas vencer el plazo de 60 días, pierdes el recargo del art. 168, pero igual puedes reclamar la IAS si la empresa no la pagó.

Preguntas frecuentes

¿Trabajé 10 años pero 2 fueron sin contrato. ¿Cuentan? Sí, si puedes probar la relación laboral con boletas, mensajes, testigos o transferencias. Más detalle en Trabajar sin contrato: tus derechos.

¿La IAS paga impuestos? No. Las indemnizaciones laborales por despido están exentas de impuesto a la renta hasta el tope legal (90 UF). Solo lo que excede el tope legal sí tributa. Por eso negociar un "bono de salida adicional" tiene un costo tributario que conviene conversar.

¿Si mi sueldo subió mucho en el último mes para "hinchar" la IAS, puede la empresa discutirlo? Sí. Si la empresa demuestra que el alza fue artificial (no obedece a un ascenso real, una promoción o un cambio de funciones), el juez puede considerar el sueldo "promedio razonable" y no el alzado. La regla: toma el último sueldo si es genuino, si parece artificial el juez puede recalcular.

¿Cuenta la antigüedad si me cambiaron de empresa dentro del mismo grupo? Si el cambio fue a una empresa del mismo grupo económico (mismos dueños, giro relacionado, gestión integrada), se considera continuidad laboral y la antigüedad se suma. Esto se llama "unidad económica" y está bien establecido en la jurisprudencia.

¿Y si la empresa quebró antes de pagarme? Las indemnizaciones laborales son créditos privilegiados de primera clase en la quiebra (art. 2472 CC). Vas adelante de proveedores y la mayoría de los acreedores. Hay un fondo del Estado (DT/Sernac) que cubre montos mínimos en quiebras.

¿Puedo demandar y al mismo tiempo recibir el AFC? Sí. El AFC es independiente del juicio. Puedes cobrar el seguro de cesantía mientras tu demanda está en curso. Si ganas la nulidad del despido (Ley Bustos), tendrás que devolver al fondo de cesantía solidario lo que recibiste por ese concepto, pero no el saldo de tu cuenta individual.

¿Y si me ofrecen pactar la IAS por menos a cambio de pago inmediato? Es legal, pero calcula primero el monto completo. Si te ofrecen el 70%+ inmediato y no quieres lidiar 6-12 meses con un juicio, puede ser razonable. Si te ofrecen menos del 50%, casi siempre conviene demandar.

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